Matrimonio Civil entre Extranjero y Español. Documentación. Cómo iniciar un expediente matrimonial en el Registro Civil para casarse un español con un extranjero.

Si piensas casarte en breve con tu pareja cuando uno se encuentra en España y otro en el Extranjero, es importante contactar con un abogado, ya que pueden surgir problemas con el visado, con la documentación caducada, además hay que tratar de organizarlo todo para posteriormente sacarle a la pareja extranjera la Tarjeta de Familiar  de Comunitario y posteriormente al año de haber tenido la residencia legal poder Solicitar la Nacionalidad Española, pero inicialmente deberemos de casarnos y para ello os dejamos estas anotaciones para ayudaros.

  • Lugar de tramitación del Expediente Matrimonial en el Registro:

Una vez obtenida toda la documentación debemos acudir al Registro Civil donde este empadronado al menos uno de los futuros contrayentes.

  • Comparecencia por los contrayentes del matrimonio:

Para presentar toda la documentación bastará con uno de los contrayentes, en el momento de presentar toda la documentación, el Registro Civil dará cita y hora para que ambos contrayentes acudan. El juez controlará y evitará posibles fraudes a través de distintas preguntas a los contrayentes.

  • IMPORTANTE: Caducidad de la documentación. Apostilla y traducción:

Toda la documentación caduca a los 3 meses, si la documentación es extranjera debe de estar apostillada o legalizada en función del país y traducida por traductor jurado español.

  • DOCUMENTACIÓN PARA APORTAR AL REGISTRO:

    • Contrayente Soltero con Nacionalidad Española (APARTADO A)
      • Certificado Literal de Nacimiento.
      • Certificado de empadronamiento o de residencia del domicilio donde se haya residido los DOS ÚLTIMOS AÑOS. (solicitar en todos los lugares en los que se haya residido los 2 últimos años sea en España o en el Extranjero).
      • DNI de contrayente y de testigo en el momento que debe de acudir.
    • Si uno de los contrayentes está divorciado
      •  Certificación literal del anterior matrimonio con anotación de divorcio.
      • + toda la documentación mencionada en el APARTADO A.
    • Si uno de los contrayentes es viudo
      • Certificado literal de matrimonio anterior.
      • Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
      • + toda la documentación mencionada en el APARTADO A.
    • Si alguno de los contrayentes es extranjero (toda la documentación extranjera apostillada y traducida)
      • Certificado Literal de Nacimiento.
      • Certificado de empadronamiento o de residencia del domicilio donde se haya residido los DOS ÚLTIMOS AÑOS. (solicitar en todos los lugares en los que se haya residido los 2 últimos años sea en España o en el Extranjero).
      • Certificación del país de origen que acredite el estado civil, soltería, divorciado…
      • Pasaporte en vigor.
  • Matrimonio a través de Poder Notarial y Exhortos:

Nos surgió un problema en un matrimonio entre extranjero que se encontraba fuera de España y Español, muchas veces os encontraréis con la situación de que a la hora de solicitar el visado para acudir a España no os lo conceden, en ese caso saber que lo podrá realizar el cónyuge extranjero en el consulado de su país que le corresponda, aunque tenéis que saber que la tramitación por Exhortos se alargará muchísimos meses más, además saber que la cita con el juez de registro que controlará un posible fraude es personalísima, por lo que deberán de acudir ambos cónyuges en persona, aunque en el trámite final para dar el esperado “SI QUIERO” si que se podrá realizar a través de unos poderes notariales.

 

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