Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024 el próximo 20 de mayo de 2025, se introducen importantes cambios en el Reglamento de ExtranjerÃa en España. Esta disposición transitoria segunda aclara cómo se gestionarán las solicitudes de extranjerÃa presentadas antes de la implementación del nuevo marco normativo. Aquà explicamos los procedimientos, excepciones y garantÃas para los solicitantes. Recuerda que es importante que lo consultes con abogados de extranjerÃa especializados.
Disposición transitoria segunda. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del reglamento.
Las solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de su presentación, salvo que el interesado solicite la aplicación de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y siempre que se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para cada tipo de solicitud.
- Régimen General de Tramitación en ExtranjerÃa
Las solicitudes de extranjerÃa presentadas antes del 20 de mayo de 2025 serán tramitadas y resueltas conforme a la normativa vigente en la fecha de su presentación. Esto garantiza la seguridad jurÃdica de los procedimientos iniciados bajo el marco normativo anterior y evita la retroactividad en la aplicación de las nuevas disposiciones.
- Opción de Adaptación al Nuevo Reglamento de ExtranjerÃa
De manera excepcional, los solicitantes en extranjerÃa podrán solicitar la aplicación del nuevo Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Solicitud expresa: El interesado deberá presentar una solicitud expresa en la que manifieste su interés en acogerse al nuevo marco normativo.
- Cumplimiento de requisitos: Será necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos especÃficos establecidos en el nuevo Reglamento para el tipo de solicitud presentada (por ejemplo, autorización de residencia, reagrupación familiar o permiso de trabajo).
- Documentación adicional: En caso de ser requerido, el solicitante deberá aportar documentación adicional que acredite su elegibilidad conforme a las nuevas disposiciones.
Por ello es importante conocer previamente que norma nos favorece más si el nuevo reglamento o la norma anterior, por ello consulta con tu abogado de extranjerÃa de confianza
- Excepciones
El régimen transitorio no será aplicable a los procedimientos ya resueltos antes del 20 de mayo de 2025. Asimismo, las solicitudes denegadas bajo la normativa anterior no podrán ser reabiertas salvo que se interponga un nuevo procedimiento conforme al nuevo Reglamento y se cumplan todos los requisitos establecidos.
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